jueves, 24 de noviembre de 2016

Resolución del Tribunal Supremo


Todos y todas sabemos que el pasado 22 estaba fijada la sesión en que el alto tribunal decidiría sobre el recurso interpuesto por Navantia a la sentencia de la Audiencia Nacional anulando el IV convenio colectivo. Al parecer (no hemos conseguido confirmarlo oficialmente) esta sesión se aplazó al día 23.

Ante las continuas consultas que estamos recibiendo y la inquietud que se nos transmite respecto de este tema, intentaremos, en la medida de lo posible aclarar la situación actual de este proceso.

¿Qué decidirá el T.S.?

Antes que nada es importante tener en cuenta que se decidirá sobre la competencia o no del Comité Intercentros para proceder a la firma del Convenio, no acerca de la aplicación o no del convenio. Aunque de hecho la decisión implicará cuál de los convenios está en vigor, en ningún caso obligará a su aplicación.

¿Cómo decide el T.S.?

El Tribunal no toma la decisión en una única sesión. Según el procedimiento, se nombra, entre los miembros de la sala correspondiente, un ponente que prepara toda la documentación e información y fija fecha para la primera sesión en que hace la exposición. Esta primera reunión es la fijada inicialmente para el día 22 y celebrada ayer. A partir de este momento los miembros de la sala inician los debate que, por regla general y dependiendo de cada caso, suelen durar entre 10 y 30 días.

¿Cómo nos afectará la sentencia del Supremo?

Sea cual sea la sentencia, no tendrá repercusión inmediata ya que, como decíamos, sólo dictaminará si el Comité Intercentros era o no competente para firmar el convenio. Obviamente servirá para clarificar cuál de los convenios está en vigor, pero a efectos prácticos nos tememos que sólo se quedará en eso. Hemos de recordar que en el pasado mes de septiembre de 2015, la empresa llegó a un acuerdo de conciliación con los sindicatos ante la Audiencia Nacional por el que se comprometía a recuperar las condiciones del tercer convenio colectivo mientras el Tribunal Supremo resolvía el recurso presentado contra la anulación del cuarto convenio y en poco o nada se ha notado.

En cualquier caso, la sentencia implicará, entre otras cuestiones, unos costes económicos bloqueados por SEPI y el ministerio de Hacienda. En este sentido tenemos el compromiso de la Dirección de Recursos Humanos de presentarse en las instancias superiores para solicitar la autorización correspondiente para proceder a asumir los costes derivados de la aplicación de la sentencia.